DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones anteriores, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENCIA FUNCIONARIAL.
SEGUNDO: Se ordena la Remisión del presente asunto al Juzgado Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial con sede en Santa ana de Coro. ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese, remítase mediante oficio.
Así mismo déjese copia Certificada por secretaria de la presente sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva para el copiador de sentencias llevado por este tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el Artículo 1.384 del Código Civil y a los fi.....