DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones anteriores, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Acuerda lo solicitado por la parte demandada Empresa PDVSA PETRÓLEOS S.A en el escrito presentado en fecha Seis de Abril de 2010. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se revoca el auto de admisión de las pruebas dictado en fecha 24 de Marzo de 2010, de conformidad con el articulo 310 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por analogía contemplada en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Se ordena la remisión por devolución de la presente asunto al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, a los fines de que se de c.....