V
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Calificación del Despido, en virtud de la Persistencia en el Despido y PARCIALMENTE CON LUGAR la Inconformidad en el Pago, interpuesta por el ciudadano WILLIAM GARCIA contra la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEOS S.A., ambas partes supra identificadas en este fallo en virtud de la Persistencia. Así se decide.-
SEGUNDO: Dada la Persistencia en el Despido por la empresa demandada, se condena a la accionada Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEOS S.A. al pago de las Diferencias de los conceptos de INDEMNIZACIÓN POR ANTIGÜEDAD, DE PREAVISO, Y BONO DE ALIMENTACIÓN, por la cantidad ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTE BOLIVARES CON TRES CENTIMO.....