PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad, presentado por la abogada SUÑE VILCHEZ TORO, titular de la cédula de identidad No. V-19.938.071; inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 205.695; actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil, BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A.; contra la providencia administrativa de fecha 15/06/2016 dictada por la Inspectoría del Trabajo Alí Primera de Punto Fijo, según expediente administrativo No. Nº 053-2016-01-00101. Así se decide. SEGUNDO: Se ADMITE el presente recurso de nulidad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en consecuencia, se ordena librar mediante exhorto citación al Procurador General de la República; se ordena igualmente notificar mediante oficio a la Inspectora en Jefe de la Inspectoría del Trabajo Ali Primera; al Fiscal Vigésimo Segundo con competencia en materia Contencioso A.....