Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: su INCOMPETENCIA para practicar la presente Inspección Judicial de jurisdicción voluntaria o no contenciosa, correspondiéndole su conocimiento a los Juzgados de Municipio.-