PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre la parte actora ciudadano JHONNY ALFREDO VARELA HERNANDEZ y la Sociedad Mercantil TRANSPORTE PUNTO FIJO, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada. SEGUNDO: Una vez que transcurran los lapsos correspondientes se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, que le corresponda por distribución a los fines de que archive el expediente. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. ASI SE DECIDE.