DISPOSITIVO DEL FALLO:
En base a las argumentaciones explanadas en la parte motiva de la presente medida y en torno al articulado legal y constitucional, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a fin de prestar una Tutela Judicial y tomando en cuenta que la presente decisión tiene carácter eminentemente de Protección Ambiental Provisional, tal como lo dispone la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en su articulo 243 y la Jurisprudencia vinculante emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de Mayo de 2006, con Ponencia del Magistrado Dr. Francisco carrasqueño López; Administrando Justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, y por las razones antes expuestas procede a decidir:
¿ PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Medida Cautelar Innominada de Protección a la Actividad Agropecuaria, sobre un lote de Terreno con vocac.....