En consecuencia tal como fueron demostrados los hechos que dieron origen a la presente demanda, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIO Y LUCRO CESANTE incoada por el ciudadano SALOMÓN EL JOAUHARI BOU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.732.786 y representante de CORPORACION PLATINO C.A. en contra de MAPFRE LA SEGURIDAD C.A.-
SEGUNDO: Se condena a la demandada a cancelar las siguientes cantidades de dinero:
¿ Pago de cancelación por reparación del vehiculo siniestrado que alcanzan la cantidad de SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN CON CINCUENTA Y NUEVE (Bsf. 67.391,59), según póliza de seguro Nro. 3000919513024.-
¿ Daños y perjuicios por la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES,.....