DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, Declara:
• PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana EMILIA JOSEFINA LUGO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.810.932, domiciliada en la Calle Sucre, La Cruz de Taratara, Parroquia Sucre, Municipio Autónomo Sucre del Estado Falcón.
• SEGUNDO: Se le reconoce como concubina a la ciudadana EMILIA JOSEFINA LUGO, identificada ut-supra del De cujus AUGUSTO ANTONIO RODRIGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, ex titular de la cedula de identidad Nro. V-3.214.024; en apego a la Carta Magna y la Jurisprudencia de nuestro más Alto Tribunal, por lo que en lo sucesivo tendrá todos los efectos jurídicos y d.....