DISPOSITIVO
De conformidad con los artículos 293 ordinal 6, 27, 297 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 7 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en virtud de los razonamientos de cada uno de los criterios jurisprudenciales explanados. Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando en sede Constitucional declara:
Primero: Se declina la Competencia de la presente acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los Ciudadanos Niurka América Navega y Francisco Romero, en contra de la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro y Préstamo de Obreros Educacionales de la Dirección de Educación y Cultura del Estado Falcón (CAPOEDECEF), representado por los ciudadanos Renaldo Vargas y Magali Guanipa, titulares de la cedula de Identidad Nro. 14.489.882 y V-9.528.998, respectivamente en su condición de P.....