Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA INHABILITACION del ciudadano WILIAN JOSE LUQUEZ GUANIPA, y en consecuencia se designa CURADOR PROVISIONAL del mencionado ciudadano a la ciudadana ELIANA MARIELA LUQUEZ GUANIPA, titular de la cédula de identidad Nº 11.767.418.
Se insta a los solicitantes a continuar el procedimiento y se impulsen las notificaciones de los expertos nombrados a los fines de que realicen la evaluación médica al ciudadano WILIAN JOSE LUQUEZ GUANIPA.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este despacho.