"...PRIMERO: De conformidad con el articulo 588, Numeral 3° en concordancia con el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar Bienes Inmuebles, consistente en: Dos (02) terrenos ubicados en la Población de Los Taques, Municipio Autónomo Los Taques del Estado Falcón, cuyos datos regístrales son los siguientes:
Documento registrado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro de Los Municipios Autónomos Los Taques, bajo el No. 35, folios 190 al 194, Protocolo Primero, tomo 1, cuarto trimestre del año 2006 y documento registrado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro de los Municipios Autónomos Falcón y Los Taques, bajo el No. 07, folios 35 al 39, Protocolo Primero, Tomo 6 Principal, Cuarto Trimestre del año 2006.
Particípese mediante oficio lo conducente a la Oficina Inmobiliaria de Registro Público de los Municipios Falcón y Los Taques, con sede en Los Taques; Estado Falcón. Líbrese oficio.-
SEGUNDO: No hay condenato.....