DECISION
En mérito de los fundamentos anteriormente expuesto, este JUZGADO SEGUNDO
DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA:
UNICO: INADMISIBLE la presente demanda de Prescripción Adquisitiva, que intenta la ciudadana LESBIA DEL CARMEN CASTILLO GUTIERREZ, identificada en autos.
Publíquese y regístrese la presente sentencia.
Dada, sellada y firmada, en la sala de Despacho del Juzgado Segundo De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Agrario Y Del Tránsito De La Circunscripción Judicial Del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los 06 días del mes de Octubre del 2015. Año 205° y 156°.
El Juez Provisorio
Abog. ESGARDO BRACHO GUANIPA
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