Por los motivos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS GUILLERMO CLARK ALBORNOZ y CLARIBEL CHIRINO, ambos identificados y en queda disuelto consecuencia el vinculo matrimonial que contrajeron en fecha 10 de Enero de 1980, por ante la primera autoridad Civil de la Alcaldía del Municipio Punta Cardón del Municipio Carirubana del Estado Falcón
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Ejecútese el citado fallo y remítase copia certificada del presente fallo a las autoridades competentes.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo de este despacho.