DECISION
En merito de los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Medida Preventiva de Embargo sobre bienes que sean propiedad del demandado; supra identificada; hasta cubrir la cantidad de UN MILLON CIENTO DICIEOCHO MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.1.118.000,00), cantidad ésta que comprende el doble de la suma demandada, en caso de recaer sobre bienes muebles o inmuebles, y en el caso de embargarse cantidades de dinero se hará por la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 559.000,00).
SEGUNDO: Para la ejecución de la medida decretada, se comisiona suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en los Taques, a quien se ordena librar despa.....