PRIMERO: CON LUGAR la presente acción por divorcio intentada por el ciudadano MARIO DE JESUS PERICH ZAVALA, fundamentada en la causal tercera del artículo 185 del Código Civil contra la ciudadana VIANNEY COROMOTO LOPEZ LUGO, ambos supra identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día 16 de agosto de 1974, por ante la el Jefe Civil Registrador de la Parroquia Carirubana del Municipio Carirubana del Estado Falcón.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 251 de Código de procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada, en la sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los 15 días del mes de Abril de 2010. .....