Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros, declara procedente de conformidad con el procedimiento consagrado en el artículo 773 del Código de procedimiento Civil, la Rectificación del Acta de Defunción de la difunta MERCEDES GUTIERREZ DE DIAZ, de la siguiente manera: donde aparece escrito "...Medarda Antonio....", debe decir "...Medarda Antonia...", como es lo correcto. Así se decide.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión y remítanse con oficios al Registrador Civil de la Parroquia Punta Cardón, del Municipio Carirubana del Estado Falcón y al Registrador Principal del Estado Falcón.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia .....