Vista la transacción celebrada entre las partes abogadas CAROLINA SOCORRO SANCHEZ, apoderada judicial del demandado en actas, ciudadano CARLOS ANTONIO LAGUNA LAUGO y la abogada LISBETH DIAZ PETIT, apoderada judicial del demandante en actas ciudadano RAFAEL A. JIMENEZ, identificados en autos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 1.713 y siguientes del Código Civil y Artículos 255 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, homologa la transacción efectuada entre las partes en misma forma, términos y condiciones especificadas en el escrito transaccional, le da el carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. En consecuencia, se suspenden las medidas de prohibición de enajenar y gravar decretadas en el presente.....