En merito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA de la causa; presentada por el Abogado Larry Aquias, en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa FABRICA DE ENGRANAJES NACIONALES Y CONSTRUCCIONES S.A., (FAENA CONSTRUCCIONES S.A.), por INTIMACION; en contra de la Sociedad Mercantil MECANICA VENEZOLANA C.A., (MECAVENCA), todos identificados Up Supra.
SEGUNDO: Se declara la EXTINCION DEL PROCESO de la presente causa.
TERCERO: No hay condena en costas de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se ordena notificar al demandante de la presente decisión de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimien.....