En virtud del convenimiento efectuado por las partes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: HOMOLOGADO el convenimiento efectuado en el presente procedimiento por las partes, de conformidad con lo establecido el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se le da el carácter de cosa juzgada.
En consecuencia de conformidad con lo convenido por las partes, se ordena oficiar a la entidad bancaria Banco Bicentenario, Banco Universal, antes Banfoandes, a los fines de que haga entrega a la abogada Iraima Guardia, titular de la cédula de identidad Nº 5.751.723, endosataria en procuración del ciudadano ADELYS MERCEDES ZEA, parte demandante y vencedora en el presente procedimiento, de la totalidad de las cantidades de dinero que se encuentran depositadas en la cu.....