Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda intentada por el ciudadano MARIO SOARES ESTRELLA contra el ciudadano EURIPIDES RIBULLEN por QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 ejusdem.
Se ordena la notificación de las partes interesadas mediante cartel fijado en la cartelera del Tribunal, por el término de diez (10) días contados a partir de la fijación del cartel y de la constancia en autos de haberse cumplido esa formalidad, todo en consideración a la falta .....