Por las razones expuestas este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos Alfredo Ramón Méndez Rodríguez y Ana Gregoria De Mendez, Venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nros: 9.928.023 y 9.506.287 y consecuencialmente queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une contraído por ellos en fecha 01 de octubre del 1985, por ante la Prefectura del Municipio Miranda del Estado Falcón.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado firmado y sellado, en la Sala del despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro, a los siete (7) días del mes de diciembre del año dos mil cinco .....