.- TERCERO:Se ordena suspender la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada por este tribunal en fecha 20 de Octubre de 2.011, y participada al Registrador Inmobiliario del Municipio Miranda del estado Falcón, en fecha 25 de Octubre de 2.011, bajo oficio signado bajo el Nº 432, sobre el inmueble constituido por un inmueble distinguido por terreno y bienhechurias ubicado en la Posesión de El Limón, Parroquia Guzmán Guillermo del estado Falcón, el cual tiene una superficie de CIEN MIL METROS CUADRADOS ( 100.000. Mts2), y alinderados de la siguiente manera: NORTE: Antes carretera del Caserío Zambrano a montaña, hoy día carretera Coro-Churuguara; SUR: Terreno propiedad antes de Pedro González Flores, hoy de Guzmán García, ESTE: Terreno propiedad del Dr. Mario Gamez Medina y OESTE: Antes terreno de Eufrasio Manzano, hoy de Guzmán García y Cesar Dagoberto García. Dicho inmueble (terreno y bienhechurias), fue adquirido según documento protocolizado en fecha 17-10-1997, del cu.....