hasta la presente fecha ha discurrido un lapso de tiempo mayor al de los tres (03) meses, sin que medie impulso procesal de la parte vencedora para la consecución de la experticia que determine la indexación acordada en el fallo a ejecutar, se acuerda dejar sin efecto la designación de los conocedores por cuanto no consta en autos el cumplimiento de la labor encomendada. ASI QUEDA ESTABLECIDO.
EL JUEZ TEMPORAL:
ABG: EDUARDO YUGURI PRIMERA.
LA SECRETARIA TIT.
ABG. DENNY CUELLO
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo la 11:00 a.m., previo el anuncio de Ley, quedando anotada bajo el N° 059 en el Libro de Resoluciones.
LA SECRETARIA TIT
ABG. DENNY CUELLO