VEREDICTO
ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por declaración de unión concubinaria incoada por el ciudadano ANTONIO ENRIQUE RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº 5.381.926, bajo la asistencia del profesional del Derecho abogada VICMARY CHIRINOS SANCHEZ, Inpreabogado Nº 154.325, en contra de los sucesores de la difunta DENNY JOSEFINA CHIRINOS ROJAS, ciudadanos CAROLA JAQUELINE MEJIAS CHIRINOS Y SAUL BERNARDO MEDINA CHIRINOS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.102.563 y 21.449.968, respectivamente, bajo la asistencia del abogado LARRY AÑEZ, inpreabogado Nº 154.423, en consecuencia se declara la existencia de la unión concubinaria entre el ciudadano ANTONIO ENRIQUE RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº 5.381.926 y la .....