ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY., pasa a tener como Improcedente la oposición interpuesta al momento de dar contestación a la demanda por la coheredera Maglys Del Valle Ybañez Wolff titular de la cédula de identidad número 13.902.414, en contra de la demanda por Partición de bienes sucesorales incoada por los coherederos Carmen Mercedes Pulgar De Ybañez, Antonio José Ybañez Pulgar, Antyel María Ybañez Alvarez, Carmen Angelica Ybañez Riera y Arnaldo José Ybañez Riera titulares de las cédulas de identidad números 4.104.480, 13.203.537, 27.102.490, 13.331.519, y 14.537.574 respectivamente representados por el Abogado Laemir Mass Colina inpreAbogado número 40.451., en contra de Maglys Del Valle Ybañez Wolff titular de la cédula de identidad número 13.902.414, representada por el Aboga.....