REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO: DIECIOCHO (18) DE JUNIO DE DOS MIL TRECE (2013)
AÑOS: 203° y 154°
Este Tribunal, con el objeto de pronunciarse sobre las medidas de Embargo preventivo peticionado en fecha 13/06/2013, por el profesional del Derecho CESAR ALEXANDER LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.204.761, de este domicilio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 178.837, en representación de la parte actora en juicio que por Divorcio, fuera incoado por la peticionante de la medida Cautelar de la cónyuge YAJAIRA COROMOTO CONTRERAS CALDERA, Titular de la cedula de identidad Nº 9.002.837, en contra del cónyuge ANTONIO JOSE NAVAS, titular de la cedula de la cedula de identidad Nº 3.359.036, pasa a significar:
PRIMERO: La Medida de Embargo Preventivo resulta inconducente.....