Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 12 y siguientes de la ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de vivienda. Acuerda suspender por un plazo de noventa (90) días hábiles la fase de ejecución de la sentencia contados a partir del presente auto, la cual implica el desalojo del inmueble casa enclavada en la parcela de terreno, ubicado en la Ciudad de Coro Municipio Miranda de este estado Falcón, en la calle Millar entre calle Monzón y Calle Campo Elías, sector las Panelas con una superficie de TRESCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMETROS (310,94 mts2), alinderado de la siguiente manera NORTE: Calle Campo Elías que es su frente y resto de la parcela de terreno y casa que fue de JOSE ANTONIO RAMONES, hoy de EDIT ISABEL MARTINEZ, SUR: Resto de la parcela de terreno propio que fue de JOSE ANTONIO RAMOS, y hoy Mercedes Casimira Ramones Añez, ; ESTE. Calle Millar y resto de la parcela de terreno propio que fue de .....