Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos ROSARIO JEANETTE FERNANDEZ y SILVERIO HERNANDEZ GONZALEZ, de nacionalidad venezolana la primera y española el segundo, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-11.474.001 y E-1.007.475, respectivamente, ambos domiciliados en esta ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, debidamente asistidos por la abogada Gleiny Betzabeth González, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 123.087, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha que en fecha 24 de abril de 1998, por ante la primera Autoridad Civil de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del Estado Falcón.