este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que la ciudadana DILIA POLANCO de SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- V-3.092.227, falleció Ab-intestato en fecha: Veintiuno (21) de Octubre de 2008, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a su esposo JUAN VENTURA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-748.818 y a sus hijos, ciudadanos: DILIA JOSEFINA SÁNCHEZ POLANC.....