Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la Demanda por COBRO DE BOLÍVARES ¿ Vía Intimación- intentada por el ciudadano NOUHAD MEHTAR, asistido por la Abogado GLEINY GONZALEZ, en contra del ciudadano COLINA QUINTERO FIDEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 643 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil, Y ASI SE DECIDE.-