Sin embargo, de las actas se desprende que tanto los cilindros embargados como las válvulas y otros accesorios, se encontraban para el momento del embargo en la sede de la empresa COMAGA, C.A., ubicada en terrenos de la posesión comunera San José situada en el Caserío Santa Elena de Puerto Cumarebo, cuyos linderos y medidas coinciden con las bienhechurías embargadas, lo que hace presumir que éstos, los cilindros, pertenecen a la demandada de autos, al igual que las bienhechurías donde funciona la sociedad mercantil; esto aunado a que los ciudadanos HUMBERTO SALVADOR BONAGURO DERETT, JOSE HUMBERTO BONAGURO y BERNABE NICOLAS RUIZ MATHEUS, adquirieron la firma mercantil COMERCIAL MATHEUS GALLARDO en fecha 11 de Diciembre de 1997; y en fecha 01 de marzo de 2002 los mismos ciudadanos constituyeron la sociedad mercantil denominada COMAGA, C.A., siendo ellos sus únicos accionistas, según se desprende tanto de su acta constitutiva como del inventario de aporte de bienes anexo que igualmente ri.....