Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por el Abogado LUIS RAFAEL ATIENZA HUERTA, actuando en su propio nombre y la de los ciudadanos Hilda Isabel Huerta de Atienza, Hildamary Atienza de García y José Gregorio Atienza Huerta, en contra del ciudadano JUAN ALBERTO ENRIQUEZ CRUZ, en consecuencia, se ordena el DESALOJO inmediato del local comercial objeto del presente litigio, y se declara SIN LUGAR la reconvención planteada por el Abogado ALIRIO PALENCIA, en representación del demandado de autos JUAN ALBERTO ENRIQUEZ CRUZ, Y ASI SE DECIDE.-
Se ordena levantar la medida de Secuestro Decretada por este Tribunal, en cuyo cuaderno separado hubo oposición a la medida la cual se DECLARA SIN LUGAR, en este mismo acto Y ASI SE DECIDE.-
Se condena en costas a la parte demandada por habe.....