Por las razones antes expuestas este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ANGEL RAFAEL MEDINA MORILLO y JAQUELIN DEL CARMEN MEDINA LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.586.481 y 7.865.206, respectivamente, domiciliados en esta Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, asistidos por el Abogado GERARDO CONIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 138.223 y, en consecuencia, queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, Y ASI SE DECIDE.-