Por las razones antes expuestas, este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente asunto signado con el Nro. 809-2.004, contentivo de Procedimiento de Desalojo, interpuesto por el ciudadano WILLIAM ANTONIO GARCIA NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.096.396 y, domiciliado en esta Ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, en contra del ciudadano DAVID PIRELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.927.881 y de esta Ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón. Y ASI SE DECIDE.
Este Tribunal acoge y basa la presente decisión en el criterio emanado de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 6 de Julio de 2.004, en el caso J. R Barco Contra Seguros Caracas Liberty Mutual, Sentencia N° 00537, con ponencia d.....