DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción judicial del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en el juicio que por RESOLUCION DE CONVENIO DE COMPRA VENTA le siguen los Ciudadanos ZULAIMA MARIA NARANJO GUANIPA, GUILLERMO ELOY PIÑA PATERNINA Y JOSE NEPTALI PAZ QUIÑONES, todos identificados en el libelo de demanda, a la sociedad mercantil CONGARNUC, CA; SEGUNDO: Se mantiene la Medida de Enajenar y gravar decretada sobre el inmueble constituido por tres lotes de terrenos supra determinados.
Notifíquese la presente decisión.
Anéxese la presente decisión al expediente y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción J.....