Acto seguido, la Ciudadana Juez, expone: Oídas las exposiciones de las partes, y analizadas como han sido las actas policiales acompañadas al escrito presentado por la Representación Fiscal, en las cuales se observa la presunta comisión de un hecho punible, sin que de ellas se desprenda suficientes elementos de convicción para presumir la participación del adolescente imputado; siendo así, ésta juzgadora considera que lo ajustado a derecho será continuar con la investigación y otorgar la libertad del adolescente IDENTIDAD OMITIDA sin ningún tipo de restricciones. Así se decide. En consecuencia, éste tribunal, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD DEL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA sin ningún tipo de restricciones. Seguidamente se dictó auto que motiva la decisión. Se libró oficio al organismo que realizó la aprehensión. Dada, firmada y sellada en la Ciudad de Punto F.....