DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoada por el abogado OSWALDO MORENO MENDEZ, con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA GONZALEZ HERMANOS, C.A., en contra del Ciudadano EDGAR ANIBAL BRITO ULLOA, ya identificados, con fundamento en los artículos 1.167, 1159 y 1.592 del Código Civil.
En consecuencia se declara resuelto el contrato de arrendamiento que tienen celebrado las partes, autenticado ante la Notaría Pública de Punto Fijo, en fecha 18 de marzo de 1.987, mediante reconocimiento de los otorgantes, anotado en el libro diario de dicha Notaría bajo el N°. 351, tomo I.
Se condena a la parte demandante a cancelarle a la parte actora, la suma de UN MILLON TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.300.000,00), por conceptos de los cánones de arrendamiento adeudad.....