DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la acción de DESALOJO, interpuesta por la Ciudadana MARY CARMEN OTERO LUQUE, asistida del abogado JUAN MIGUEL DIAZ, contra la firma mercantil CRISTIANS LICORERIA C.A. supra identificados, de conformidad con el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y literal a) del artículo 34 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de
Arrendamientos Inmobiliarios; consecuencialmente se ordena la entrega del local comercial arrendado, signado con el N°. 2, situado en la planta baja del Edificio CRELAGO, al final de la calle Comercio de Caja de Agua, vía Judibana de ésta Ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, a la Ciudadana MARY CARMEN OTERO LUQUE.
Se suspende la medida .....