Se constata de las actas procesales que ha transcurrido el lapso de ley previsto, resultando así procedente la conversión en divorcio del referido procedimiento de separación de cuerpos y bienes, solicitada por los ciudadanos ERNESTO JOSE ZARRAGA VALLES y ZULEIKA CRISSAR PACHECO VALLES, en consecuencia, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara disuelto el vínculo matrimonial que les une, el cual contrajeron en fecha 16 de Enero de 2010, por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, (Acta No. 5). En relación a los bienes, los solicitantes manifestaron que no existen bienes conyugales por lo que no hay comunidad conyugal para liquidar, así mismo manifestaron que no procrearon hijos. Así se decide.
Por cuanto la presente sentencia no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Ejecútese el citado fallo y archívese el expediente.
Remítase copia certificada al Registrador .....