Oídas las exposiciones de las partes, éste tribunal, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda lo siguiente: DECRETA LA LIBERTAD DE LA ADOLESCENTE: IDENTIDAD OMITIDA y acuerda imponerle la medida cautelar establecida en el literal b) del artículo 582 de la LOPNA, en ese sentido, deberá la joven imputada someterse al cuidado y vigilancia de su madre: IDENTIDAD OMITIDA quien deberá informar a éste tribunal mensualmente sobre la conducta de su hija, y estando presente manifiesta estar conforme a lo indicado por el tribunal. Se agregan los documentos anexados por la defensa. Se ordena la tramitación de la causa por el procedimiento ordinario. Se acuerda librar oficio a la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales, Destacamento N°. 21. zona 2. Se deja constancia que el presente acto concluyó siendo las 11:45 a.m. Dada, firmada y sellada en la Ciudad de Punto Fijo, a .....