Recibida por Distribución Solicitud de SEPARACION DE CUERPOS junto a copia certificada de Acta de Matrimonio y copia simple de Cédulas de Identidad, presentada por los ciudadanos ENRIQUE JOSE VERGEL SALAZAR y MARIA JOSE ESTEVES LOPEZ venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.709.186 y V-17.519.691, respectivamente y con domicilio el primero en la calle La Marina del Caserío El Supí, s/n, del Municipio Falcón, Estado Falcón y la segunda en la Calle Principal de El Supí, Sector Las Carmelitas, Parroquia Adicora, Municipio Falcón del Estado Falcón, asistidos por la abogada YELU JOSEGINA ARTEAGA NOGUERA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 76.675, el Tribunal le da entrada quedando anotada bajo el No. 2009-2040 y por cuanto dicha solicitud no es contraria al orden público a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la Ley, se admite la misma, y por cuanto de la lectura de la Solicitud se observa que, el último domi.....