REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: 25 de mayo de 2012
AÑOS: 201° Y 153°
EXPEDIENTE 2010-2208
Vista la diligencia de fecha 24 de mayo de 2012, suscrita por el Ciudadano EDUARDO JOSE RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 9.585.953, parte actora en el presente juicio, asistido de la abogada SANDRA DE JOSE MORILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 49.819, por la cual desiste del procedimiento de DESALOJO instaurado en el presente juicio, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACTO DE DESISTIMIENTO PASÁNDOLO CON EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y para el caso de ser requeridos los documentos originales.....