Expone la Representación Fiscal: "En virtud de que fui convocado, a la celebración de la presente audiencia conforme a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, con el objeto de que sea fijado plazo prudencial para la conclusión de las investigaciones, RENUNCIO AL MENCIONADO LAPSO y solicito el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, por cuanto resulta insuficiente lo actuado, no existiendo para esta Representación Fiscal posibilidad alguna de incorporar nuevos datos o elementos a la investigación que permitan el ejercicio de la acción, por lo que consigno en este acto resultas de investigación relacionadas con la presente causa, contentivas de veintidós (22) folios útiles, todo de conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Es todo". Acto seguido, la Ciudadana Juez, expone: Escuchadas las exposiciones tanto de la Defensa como de la Representación Fiscal, y solicitado como h.....