Examinando los medios probatorios acompañados y la norma ut supra transcrita, considera esta Juzgadora que son suficientes los derechos alegados y además están cubiertos los supuestos de hechos para declarar como efectivamente se declara a los ciudadanos HENRY JOSÉ GONZALEZ BRACHO, OSMAN RAMÓN GONZALEZ BRACHO, GREGORIO EDUARDO BRACHO BRACHO, RAMÓN GERARDO BRACHO AREVALO, YASMIN VERONICA BRACHO AREVALO, YOHANA MAILETH BRACHO AREVALO, OLIVIO RAMÓN BRACHO AREVALO y DANIEL ENRIQUE BRACHO AULAR, y a los Ciudadanos ELA MARGARITA BRACHO DE GUTIERREZ, SULMA MORAIMA BRACHO COLINA, MARIA ELIZABETH BRACHO DE BLANCO, BILMA YANETH BRACHO COLINA, GLEDYS YELIDSA BRACHO DE GONZALEZ, DEXY JOSEFINA BRACHO DE COLINA y MAX ELVIS BRACHO COLINA como Únicos y Universales Herederos de la causante AURA ROSA BRACHO BRACHO, up supra identificados, como así se hará saber de forma clara, precisa y expresa en el dispositivo del presente fallo. Y ASI SE DECLARA.
DECISIÓN:
En mérito de los fundamentos expuestos, .....