Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando como JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la LIBERTAD PLENA E INMEDIATA al adolescente (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), venezolano, nacido en fecha 04/09/1997, de catorce (14) años de edad, soltero, de profesión u oficios indefinido, quien no presentó cedula de identidad u otro documento de identificación y residenciado en (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), Jurisdicción del Municipio Los Taques del Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en los Artículos 557 y 558 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.