Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos GUSTAVO ADOLFO PEÑA HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.183.687 y domiciliado en la Calle Prolongación Arévalo González, casa sin numero, Sector Barrio Blanco de la Población de Pueblo Nuevo, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón y KARINA DEL VALLE BRACHO VILLALOBOS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.289.279 y domiciliada en la Calle Garcés, casa sin numero de la Población de Pueblo Nuevo, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara DISUELTO el víncu.....