En virtud de las consideraciones antes expuestas y con fundamento al contenido de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02 de Abril de 2009, a través de la cual se modifica la competencia de los Juzgados de Municipio, en concordancia con los artículos 993 del Código Civil y 60 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente solicitud de declaración de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por el abogado ORLANDO SALVADOR DIAZ DIAZ, actuando como apoderado judicial de la ciudadana CARMELA TRAINA DE BELLUSO, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.566.404, según se desprende de documento poder otorgado por ante la Notaría Pública Primera de Punto Fijo del Municipio Cari.....