SE DECLARA LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES en los siguientes términos: PRIMERO: se decreta la separación legal de cuerpos y bienes, ambos cónyuges estarán en residencias diferentes, SEGUNDO: En cuanto a los bienes de la sociedad conyugal no hubo ningún bien común durante la Unión conyugal hasta la fecha de hoy, a partir de este decreto de SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES cada uno podrá adquirir sus bienes propios sin que formen parte de ninguna comunidad de gananciales.
Notifíquese al Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Falcón y Fórmese expediente.
EL JUEZ.
ABOG. SIMON RAMIREZ.- LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA.
NOTA: En la misma fecha se formo expediente quedando anotado bajo el Nº 501- 2010. Conste.-
LA SECRETARIA.