Por las razones y fundamentos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA Y DABAJURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Capatárida, Administrando JUSTICIA EN NOMBRE DE LA República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION de la Obligación de Manutención, fijada al ciudadano HENRY WILIAMS SANGRONIS PADRON (hoy difunto) a favor de la beneficiaria MARIAN CAROLINA SANGRONIS BERTIZ, de conformidad con el artículo 383 literal a de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.